Falta claridad sobre los regímenes pensionales
Enviado por Jaime Valencia a www.actualidadquindiana@hotmal.com
Bogotá, 08 de Julio de 2010
Señores
Revista Semana
Ciudad
Comedidamente me dirijo a ustedes con el propósito de brindar claridad respecto a la información publicada en la revista del pasado 5 de julio, en el articulo “Fin a la telaraña pensional” en el cual, se plantea que de acuerdo al acto legislativo 01 de 2005, el próximo 31 de julio expiran todos los regímenes pensionales especiales, excepto el de la fuerza pública y el del Presidente de la República, lo cual incluye el del Magisterio, como régimen especial a expirar el 31 de julio de 2010.
Como quiera que he recibido muchas llamadas y correos de educadores para que les precise si su régimen expira el 31 de julio de 2010 y por considerar que el artículo de ustedes contiene una omisión respecto al régimen especial de los educadores, me permito aclarar:
Tanto la ley 812 de 2003, como el Acto Legislativo 01 de 2005, indicaron de manera clara que los docentes vinculados antes del 27 de junio de 2003 mantienen el régimen especial de pensiones, mientras que los docentes vinculados a partir de dicha fecha pierden el régimen especial y pasan al régimen general de pensiones, pero aun dentro de éste, los docentes nuevos van a tener una edad especial y uniforme de pensión, de 57 años para hombres y mujeres.
El Consejo de Estado en concepto del 22 de noviembre de 2007, había dicho que en todo caso el régimen especial de pensiones de los educadores expiraba el 31 de julio de 2010, lo que no era acorde ni con una interpretación gramatical, ni con una interpretación de espíritu, de las normas inicialmente señaladas.
Por lo anterior, inicie un debate de control político en el Congreso de la República, que luego llevó a la creación de una comisión en la que participó el Congreso de la República, el Gobierno Nacional y los representantes de los educadores, con el objeto de estudiar precisamente el tema del Régimen Especial de los Docentes.
Dicha comisión concluyó que el régimen especial de pensiones de los educadores no expiraba el 31 de julio de 2010, siempre que el educador estuviera vinculado antes del 27 de junio de 2003. Consultado nuevamente el Consejo de Estado, éste corrigió el error en que había incurrido en su concepto de 2007, y por ello en un nuevo concepto del 10 de septiembre de 2009, dijo:
“En la actualidad hay dos situaciones:
• La de los docentes oficiales vinculados antes del 27 de junio de 2003… es la establecida en las disposiciones legales vigentes hasta esa fecha, sin que termine el 31 de julio de 2010.
• La de los docentes oficiales vinculados a partir del 27 de junio de 2003 es el régimen general de las leyes 100 de 1993, 797 de 2003 y las demás que lo regulen en el futuro, pero con el requisito de la edad unificado en 57 años para hombres y mujeres, sin que termine el 31 de julio de 2010”
De esta manera les agradecería profundamente si pudieran publicar esta aclaración, puesto que es un tema sensible para los educadores Colombianos.
Atentamente,
Luis Carlos Avellaneda Tarazona
Senador de la República PDA
Oficina de comunicaciones